¿Cómo dar de alta la luz?

Si te has mudado a nueva casa, dar de alta la luz es un trámite necesario disfrutar de suministro eléctrico. Antes de nada, debes conocer la diferencia entre las compañías eléctricas distribuidoras y las comercializadoras. Las distribuidoras son las encargadas de dar de alta la luz y las bajas de suministros, mientras que las comercializadoras se encargan de facturar al cliente el consumo realizado. Ten presente que el coste por dar de alta la luz está regulado por el Gobierno, así que no te preocupes por llamar a una comercializadoras u otra.

De modo que de lo primero que tienes que hacer cuando vayas a realizar una mudanza es contactar con la distribuidora asignada en tu zona. Si no conoces cuál es puedes contactar con la comercializadora con la que quieres contratar tu tarifa y ellos pueden encargarse de contactar con la distribuidora. Una vez se haya solicitado la activación del suministro, un técnico acudirá a tu casa y verificará tu instalación eléctrica. En el caso de una nueva vivienda, habrá que activar el suministro por primera vez y el coste será mayor que si estuviese dado simplemente de baja. Una vez se haya validado tu suministro se te entregará una documentación para poder contratar tu tarifa.

En este punto te estarás preguntando, ¿qué compañía es más barata: Endesa o Iberdrola? La respuesta es simple. No existen las compañías de luz más baratas para todo el mundo, ya que cada usuario tiene unas necesidades y horarios diferentes así que lo que puede ser económico para uno, puede ser muy caro para otro. De cualquier forma, existen estudios donde se comparan qué compañía es más barata, Endesa o Iberdrola.

Requisitos para dar de alta la luz

Para dar de alta la luz existen varios requisitos. Tu vivienda debe estar lógicamente en un área donde se distribuya energía eléctrica. La instalación debe ser validada y cumplir con la normativa vigente, y deben presentarse una serie de documentos a la comercializadora que vamos a enumerarte a continuación:

● Documentación del que será el titular del contrato.
● IBAN o número de la cuenta en la que se domiciliarán los pagos.
● Dirección de la vivienda.
● Número CUPS o Código Universal del Punto de Suministro. Es un número que identifica la instalación.
● Potencia eléctrica a contratar. Se trata de la capacidad que tendrá el suministro para soportar todos los electrodomésticos de la casa encendidos sin que “salten los plomos”. Esto es, sin que se active el ICP (Interruptos de Control de Potencia).
● Certificado de Instalación Eléctrica que te entregará el técnico.

Este proceso puede durar entre 5 y 7 días laborales, si no se presenta ningún problema. Como la electricidad está tipificada como una necesidad básica, el Gobierno obliga a las compañías a realizar este trámite en ese periodo, así que si después de una semana sigues sin electricidad, ponte en contacto con la distribuidora. Si quieres saber más sobre los costes derivados de la luz, puedes consultar este artículo de la Oficina de Consumidores y Usuarios.